Te invitamos a chequear aquí, el listado de la Dirección General de Impuestos Internos, en donde podrás verificar la fecha límite, en la cual te corresponde pasar a la modalidad de facturación electrónica, consultando tu RNC. En el caso de que tu sociedad comercial no aparezca en dicho listado, debes asumir que la fecha de obligatoriedad para tu negocio es el 15 de mayo del 2026. Sin embargo, desde SERVICIOS GENERALES 3000 C.A. te invitamos a no dejar este proceso para el último momento, ya que debido a la alta demanda de solicitudes que tiene la Dirección General de Impuestos Internos, de parte de todos los contribuyentes que requieren pasar a la modalidad de facturación electrónica; dicho proceso está siendo afectado por retrasos. De igual manera, lo ideal es hacerse acreedor de los beneficios que está ofreciendo la DGII a los contribuyentes que se certifiquen como emisores de comprobantes electrónicos en la etapa de voluntariedad.


Es importante destacar que de acuerdo con la Ley 32-23, ya es obligatoria la modalidad de facturación electrónica en todo el territorio dominicano, siendo divididos los contribuyentes en grupos para su implementación por fechas límites, de acuerdo con la clasificación asignada a cada contribuyente en la Dirección General de Impuestos Internos.
El proceso para la certificación como emisor de comprobantes electrónicos, podemos resumirlo en tres (3) etapas principales: La solicitud para iniciar el proceso, el set de pruebas y la certificación final. Para realizar la solicitud inicial, se deben tener en cuenta cumplir con los siguientes pre-requisitos:
- Estar inscrito en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
- Poseer clave de acceso a la Oficina Virtual (OFV).
- Tener autorización para emitir comprobantes fiscales (Alta NCF).
- Disponer de certificado digital para procesos tributarios, emitido por DIGIFIRMA o VIAFIRMA. Dicho certificado, debe estar a nombre de la persona física que representará a la empresa en la facturación electrónica.
- Disponer de un software para la emisión de comprobantes fiscales electrónicos.
- Estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
Una vez cumpla con los requisitos anteriores, el contribuyente deberá completar el “Formulario de Solicitud para ser Emisor Electrónico (FI-GDF-016)”, el cual puede descargar aquí. Si la solicitud cumple con todas las especificaciones indicadas por la Dirección General de Impuestos Internos, el contribuyente recibirá por su Oficina Virtual el usuario y clave de acceso al portal web de Facturación Electrónica (FE), donde iniciará el proceso de certificación, encargándose nuestro equipo de todo el set de pruebas, comprendido de 15 fases y asesorando simultáneamente al contribuyente en todos los procesos administrativos requeridos en la Oficina Virtual hasta cerrar completamente el proceso de certificación y comenzar a emitir comprobantes fiscales electrónicos.
Cualquier duda, sobre el proceso de certificación como emisor de facturación electrónica, puede descargar el instructivo emitido por la DGII ingresando aquí.
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